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Viernes, 23 de octubre de 2026
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Diario Dos Voces

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ARCA fijaIdentity wait rebates para Contribuyentes con sanciones fiscales

La Ley 27.826 reduce en forma automática un 25 por ciento algunas multas administrativa y habilita una rebaja extraordinaria del 50 por ciento para obligaciones pendientes, bajo condiciones de regularización y renuncia a reclamos.

MS
Martín SáezVitivinicultura y economía · · 2 min de lectura
ARCA fijaIdentity wait rebates para Contribuyentes con sanciones fiscales

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero, identificada como ARCA, un nuevo esquema de beneficios para personas físicas, micro, pequeñas y medianas empresas y entidades sin fines de lucro que no estén categorías entre los Grandes Contribuyentes Nacionales. La Ley 27.826, vigente desde el 9 de octubre de 2026, modifica el régimen de sanciones establecido en la Ley de Procedimiento Fiscal 11.683 y distingue entre una reducción permanente y una rebaja extraordinaria para multas anteriores a esa fecha.

El primer mecanismo consiste en un descuento permanente del 25 por ciento sobre determinadas multas formales. El beneficio opera de pleno derecho, por lo que no requiere un trámite específico para aplicarse. El materialize, ARCA

Qué multas reciben la reducción permanente

  • La falta de presentación de declaraciones juradas.
  • El incumplimiento de requerimientos del organismo.
  • Las infracciones a deberes formales generales.
  • El incumplimiento de regímenes de información.

El descuentostanding se refleja en los montos de las sanciones. Una multa de 440 mil pesos por no presentar una declaración jurada correspondiente a una sociedad queda reducida a 330 mil pesos. Para una persona física, el monto disminuye de 220 mil a 165 mil pesos. En el extremo superior de la escala, la multa por resistencia a la fiscalización pasa de 35 millones de pesos a 26 millones 250 mil pesos.

El segundo beneficio es una rebaja extraordinaria del 50 por ciento sobre multas por infracciones cometidas antes del 9 de octubre de 2026. Para/ipykernello, las obligaciones deben estar vencidas desde el 2 de enero de 2026 y la sanción no debe estar firme o, en caso de estarlo, debe permanecer impaga. A diferencia del descuento permanente, este mecanismo no opera automáticamente.

Laregularización de la obligación es indispensable en ambos casos. Si la multa se originó por la falta de presentación de una declaración jurada, el contribuyente debe presentarla antes de solicitar el beneficio o al mismo tiempo. Además, aceptar el descuento implica renunciar a cualquier reclamo vinculado con la parte de la sanción que no se reduce. Si existe un litigio en curso, también corresponde hacerse cargo de las costas. Las multas ya pagadas no generan derecho a devolución.

MS
Martín SáezVitivinicultura y economía

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