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Lunes, 2 de noviembre de 2026
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Diario Dos Voces

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Depositar dólares guardados: el tope de 100 millones de pesos fija cuánta documentación se exige

El Régimen de Declaración Jurada Simplificada de Ganancias reduce los trámites para ingresar ahorros al sistema financiero por debajo de un umbral anual.

MS
Martín SáezVitivinicultura y economía · · 2 min de lectura
Depositar dólares guardados: el tope de 100 millones de pesos fija cuánta documentación se exige

La Unidad de Información Financiera publicó una resolución que establece cómo deben proceder bancos, billeteras virtuales, sociedades de bolsa y escribanos cuando un cliente adherido al Régimen de Declaración Jurada Simplificada de Ganancias quiere depositar ahorros que mantuvo fuera del circuito formal. La norma apunta a que quienes tienen dólares guardados fuera del sistema bancario puedan ingresarlos con menos papeleo.

El umbral de 100 millones de pesos

El eje de la medida es el tope de 100 millones de pesos acumulados en el año calendario, que equivale a unos 64.000 dólares al tipo de cambio oficial. Por debajo de ese monto, la entidad no puede exigir que se documenten todas las compras de divisas realizadas a lo largo del tiempo, ni tratar el depósito en efectivo como una señal de riesgo por sí solo. Sí se mantiene la obligación de identificarse y de demostrar la adhesión al régimen.

Diego Fraga, abogado tributarista, ilustró el alcance con un caso: una persona que quiera ingresar ahorros por 80 millones de pesos, sin otras operaciones computables en el año, no debería reunir los comprobantes de cada compra de divisas.

Qué cambia por encima del tope

Cuando el monto supera los 100 millones, la evaluación se amplía. La entidad deberá analizar el perfil del cliente, su actividad económica y la razonabilidad de la operación. Aun así, la adhesión al régimen simplificado debe computarse como antecedente favorable y no puede ignorarse mediante políticas internas genéricas.

Protección para las entidades y excepciones

La norma incluye una cláusula para los bancos: si aplican correctamente los criterios simplificados, eso se considerará cumplimiento de sus obligaciones, aun si luego se determina que el cliente no reunía las condiciones. La protección no alcanza cuando la entidad conocía o debía conocer la situación irregular.

  • Personas con exposición política.
  • Grandes contribuyentes nacionales.
  • Quienes presenten indicios objetivos de operaciones estructuradas para mantenerse artificialmente por debajo del tope anual.
MS
Martín SáezVitivinicultura y economía

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