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El servicio doméstico encadena tres subas escalonadas hasta fin de año y suma el medio aguinaldo no remunerativo

La Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares oficializó un aumento del 1,7% en octubre para todas las categorías del régimen, con ajustes adicionales del 1,6% en noviembre y diciembre. En paralelo, el básico absorbe de manera progresiva la asignación extraordinaria abonada en agosto.

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Martín SáezVitivinicultura y economía · 21 DE SEPT DE 2026 · 3 min de lectura

Un ajuste del 1,7% sobre los salarios mínimos de septiembre regirá desde octubre para la totalidad de las categorías del personal de casas particulares, de acuerdo con lo dispuesto por la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares y formalizado a través de la Resolución 6/2026 publicada en el Boletín Oficial. El porcentaje, que se aplica de manera uniforme sobre las distintas modalidades de contratación contempladas en el régimen, se completará con dos incrementos adicionales del 1,6% en noviembre y otro 1,6% en diciembre de 2026, configurando un esquema de tres subas consecutivas en el tramo final del año.

En términos concretos, la actualización de octubre impacta sobre los haberes mínimos correspondientes a las cinco categorías que estructuran el régimen: tareas generales, que agrupan limpieza, lavado, planchado, mantenimiento y preparación de comidas; asistencia y cuidado de personas, destinada a tareas no terapéuticas con enfermos, personas con discapacidad, adultos mayores, adolescentes y niños; personal exclusivo para cocinar; tareas con especial idoneidad; y supervisión, con al menos dos personas a cargo y coordinación de tareas. A ellas se suma la categoría de caseros, que habitan en la vivienda como parte del contrato y se ocupan de preservarla en condiciones de habitabilidad. En cada caso, las remuneraciones mínimas se diferencian además según se trate de prestaciones con retiro o sin retiro del domicilio.

La absorción progresiva del plus de agosto

En paralelo con el aumento porcentual, octubre incorpora al básico el 50% de la suma no remunerativa otorgada por única vez con los salarios de agosto, cuyo monto se calculaba según las horas semanales trabajadas. Ese proceso de absorción ya había comenzado en septiembre, cuando se integró el 25% de aquella asignación, y culminará en noviembre con el 25% restante. De esta manera, los haberes formales de fin de año reflejarán la totalidad de la suma extraordinaria que, en origen, se abonó al margen del básico.

El esquema descripto mantiene la lógica escalonada adoptada por la Comisión a lo largo de 2026, donde cada ajuste mensual se calcula sobre los salarios mínimos del mes inmediato anterior, sin cláusula de revisión atada a la inflación efectivamente registrada, y con el plus por zona desfavorable del 31% sobre el mínimo para quienes prestan servicios en Neuquén, Chubut, Río Negro, La Pampa, Santa Cruz, Tierra del Fuego y el partido bonaerense de Patagones.

Qué conviene mirar de acá a la próxima liquidación

Para los empleadores, el dato clave de octubre es la superposición de los dos movimientos: el 1,7% de aumento sobre el mínimo de septiembre y, al mismo tiempo, la mitad del plus de agosto que deja de ser no remunerativo para pasar a integrar el básico, lo que modificará la base sobre la cual se calculen los aportes, contribuciones y, eventualmente, el aguinaldo. Para las trabajadoras del régimen, el efecto más visible será un piso salarial algo más alto y la consolidación gradual de una suma que, hasta agosto, se percibía por fuera del salario de referencia. El calendario cerrará en diciembre con un 1,6% adicional, y la próxima cosecha de definiciones pasará por la Comisión cuando evalúe la pauta del primer trimestre de 2027.

MS
Martín SáezVitivinicultura y economía

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