PAMI renueva la cobertura de anteojos sin cargo cada dos años y habilita el trámite íntegro en ópticas adheridas
La obra social para jubilados y pensionados mantiene vigente la prestación que entrega armazón y cristales sin costo, con dos alternativas de lentes y un esquema de gestión que evita pasar por una agencia. El beneficio exige una orden electrónica con 150 días de validez y la presentación del DNI en la óptica elegida por la persona afiliada.

Cada dos años, el Programa de Atención Médica Integral (PAMI) cubre la provisión de anteojos sin cargo para sus personas afiliadas que cuenten con una indicación oftalmológica vigente, según se informó oficialmente desde la propia obra social. La prestación, que alcanza tanto al armazón como a los cristales incluidos en el menú óptico institucional, admite dos configuraciones posibles: dos pares diferenciados, uno para visión cercana y otro para visión lejana, o un único par de bifocales en reemplazo de ambos, decisión que queda a criterio del especialista que realiza la prescripción.
Un circuito sin paso por agencia
De acuerdo con la información difundida por la obra social, la gestión del beneficio no requiere la intervención presencial de una agencia. Una vez emitida la Orden Médica Electrónica (OME) por un oftalmólogo integrado a la cartilla de prestadores, la persona afiliada queda habilitada para concurrir directamente a cualquiera de las ópticas adheridas en el territorio nacional, donde completará el trámite y retirará los lentes una vez finalizado el proceso de provisión.
- Consulta con un oftalmólogo de la cartilla para definir la graduación.
- Emisión de la Orden Médica Electrónica (OME) con la prescripción, firma, sello de especialidad y matrícula.
- Verificación de que la OME figure disponible en el sistema, con una validez de 150 días.
- Presentación del DNI original y vigente en la óptica adherida elegida por la persona afiliada.
- Retiro de los anteojos una vez cumplidos los pasos anteriores.
Requisitos documentales y casos puntuales
La OME debe incluir la prescripción con la firma del profesional, el sello que aclare su especialidad y la matrícula correspondiente. Ese documento permanece en el sistema durante 150 días, de modo que los prestadores pueden consultarlo sin necesidad de que la persona afiliada concurra con una copia impresa a la óptica. Entre los requisitos también figura la presentación del DNI original y vigente, y cuando se solicitan bifocales por primera vez puede corresponder la aplicación de la escala FIN, una exigencia prevista para ese supuesto específico dentro del esquema de la prestación.
Para las personas afiliadas que presenten dificultades de traslado, la normativa contempla que un familiar o apoderado pueda avanzar con parte de la gestión presentando la documentación correspondiente. No obstante, la prueba final de los anteojos requiere la concurrencia personal de la persona titular a la óptica adherida, paso considerado indispensable para verificar el correcto ajuste del armazón y de los cristales. La elección del establecimiento, según se aclara desde la obra social, es libre dentro del país.
En lo que respecta a la cobertura propiamente dicha, la obra social aclara que el beneficio se circunscribe al menú óptico institucional, por lo que tanto el armazón como los cristales deben estar comprendidos dentro de las opciones disponibles en ese catálogo. La periodicidad bienal de la prestación y la posibilidad de optar entre dos pares de lentes o un par de bifocales constituyen, según la información oficial, los ejes centrales de un beneficio destinado a garantizar el acceso a la corrección visual entre sus afiliados y afiliadas.
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