Paritaria del sector concesionarios: montos nominales por categoría hasta diciembre y revisión por inflación en enero
SMATA y ACARA cerraron un acuerdo para octubre, noviembre y diciembre con escalas diferenciadas, un incremento complementario en diciembre y una nueva negociación en enero.

Los trabajadores de concesionarias de autos comenzaron a cobrar nuevos salarios desde el 1° de octubre, en el marco de la paritaria firmada por el sindicato SMATA y la cámara de concesionarios ACARA. El acuerdo rige para el período octubre-diciembre y se encuadra en el convenio colectivo de trabajo 99/23, que regula las condiciones del sector.
Escalas y montos por categoría
El entendimiento no aplica un porcentaje único a todos los escalafones. En cambio, fija montos nominales diferenciados según la categoría. Para octubre y noviembre, las escalas parten de $1.073.088,67 para los vendedores de planes de ahorro y los vendedores itinerantes de repuestos en una franja, y alcanzan los $1.099.915,89 en la franja siguiente. En diciembre se suma un incremento complementario sobre esos valores base, de modo que el salario de ese mes resulta superior al de los meses previos.
- Comisión mínima garantizada del 0,5 por ciento sobre el precio de venta libre de tributos para el personal de ventas.
- Obligación de encuadrar al menos el 10 por ciento de la dotación de cada empresa en los dos escalafones más altos del convenio.
- Antigüedad con una escala que va del 3 por ciento a los dos años de servicio hasta el 39 por ciento a los 26 años.
- Suplemento del 4 por ciento sobre el básico para quienes acrediten dominio de un idioma extranjero.
- Suplemento del 10 por ciento sobre el básico para quienes tengan título habilitante.
- Plus del 20 por ciento por zona desfavorable para quienes cumplan tareas en la Patagonia, es decir, Neuquén, Río Negro, Chubut, Santa Cruz, Tierra del Fuego e Islas del Atlántico Sur.
Beneficios adicionales
Además del sueldo y de los adicionales por antigüedad, idioma, título y zona, el convenio incorpora compensación por transporte, ya sea público o propio. También establece una asignación vacacional equivalente a 130 horas anuales y subsidios por fallecimiento de familiares directos, calculados sobre la categoría máxima del escalafón.
Vigencia y homologación
El acta fue remitida a la Secretaría de Trabajo para su homologación. Sin embargo, ambas partes precisaron que el acuerdo es de cumplimiento obligatorio e inmediato desde la firma, en virtud del artículo 959 del Código Civil y Comercial. En enero, SMATA y ACARA volverán a reunirse para medir la inflación registrada entre octubre y diciembre y definir si corresponde un ajuste adicional. Hasta ese momento, la pregunta de si estos valores alcanzarán para sostener el poder adquisitivo de los trabajadores durante todo el año queda abierta.
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