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Supermercados y shoppings evalúan cerrar el lunes 28 por el traslado del Día del Empleado de Comercio

La fecha, que se conmemoraba el 26 de septiembre pero pasó a un sábado, se corrió al lunes siguiente por un acuerdo entre la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios y las cámaras empresarias; los locales que abran deberán pagar el doble a su personal.

MS
Martín SáezVitivinicultura y economía · 27 DE SEPT DE 2026 · 2 min de lectura

El lunes 28 de septiembre encuentra al comercio argentino ante una jornada atípica, ya que la mayoría de los supermercados, shoppings y demás establecimientos del rubro permanecen cerrados con motivo del Día del Empleado de Comercio, cuya celebración original del 26 de septiembre debió trasladarse por haber caído en sábado, según lo acordado entre la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (Faecys) y las cámaras empresarias del sector en una circular emitida el 7 de septiembre.

De acuerdo con la fuente gremial, la jornada alcanzada por la medida dispone que el personal del sector goce de un día de descanso con los mismos efectos legales que un feriado nacional, en el marco de la ley 26.541, sancionada el 10 de diciembre de 2009, que instituyó al 26 de septiembre como Día del Empleado de Comercio.

Apertura optativa y pago doble para quien trabaje

La decisión final sobre la apertura, no obstante, queda supeditada a la voluntad de cada comercio, por lo que no existe una postura unificada en el sector y es esperable que las grandes cadenas de supermercados y los centros comerciales permanezcan cerrados durante esa jornada, en tanto que algunos negocios menores podrían mantenerse abiertos en función de sus propias necesidades operativas.

Para aquellos empleados que efectivamente deban presentarse a trabajar, el acuerdo establece que la remuneración correspondiente se abonará al doble, de conformidad con lo dispuesto por la Ley de Contrato de Trabajo para los feriados nacionales.

  • La fecha conmemorativa original es el 26 de septiembre, trasladada en 2020 al lunes 28 por haber caído en sábado.
  • La jornada se rige por la ley 26.541, sancionada el 10 de diciembre de 2009.
  • El descanso tiene los mismos efectos que un feriado nacional para los trabajadores del comercio.
  • Quien deba trabajar cobrará el doble, según la Ley de Contrato de Trabajo.
  • La adhesión al cierre varía según el comercio, sin postura unificada en el sector.

El origen histórico del 26 de septiembre

La elección de la fecha no es casual: el 26 de septiembre de 1934 se dictó la ley 11.729, una norma vinculada con las relaciones laborales del comercio que, entre otros derechos, contempló las licencias por enfermedad y accidente y las indemnizaciones por despido, motivo por el cual el sector la recuerda como hito fundacional de los derechos laborales mercantiles.

En la práctica, la jornada del lunes 28 se perfila como un día de acotada actividad comercial, por lo que quienes necesiten realizar compras convienen planificar sus adquisiciones con antelación o bien consultar previamente la apertura de cada establecimiento, dado que no hay una respuesta única sobre el funcionamiento de los locales.

MS
Martín SáezVitivinicultura y economía

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