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Jueves, 5 de noviembre de 2026
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Diario Dos Voces

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ARCA extiende la fecha de corte del plan de pagos para pymes y entidades sin fines de lucro

La Resolución General 5924/2026 permite incluir deudas vencidas hasta el 31 de octubre de 2026, con hasta 18 cuotas para las empresas más chicas, y la adhesión se extiende hasta el 30 de junio de 2027.

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Martín SáezVitivinicultura y economía · · 2 min de lectura
ARCA extiende la fecha de corte del plan de pagos para pymes y entidades sin fines de lucro

Hasta el 30 de junio de 2027 las micro, pequeñas y medianas empresas, los pequeños contribuyentes y determinadas entidades sin fines de lucro podrán adherir al régimen especial de facilidades de pago de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), según la resolución publicada en el Boletín Oficial. La norma amplía un plan ya existente y modifica tanto el alcance temporal de las deudas que pueden regularizarse como el plazo para sumarse.

La Resolución General 5924/2026 corre la fecha de corte de las obligaciones regularizables. El esquema original alcanzaba a las deudas vencidas hasta el 30 de junio de 2026; con la ampliación, ese límite pasa al 31 de octubre de 2026. Del mismo modo, el período de adhesión, que vencía el 30 de diciembre de 2026, se extiende hasta el 30 de junio de 2027.

Quiénes pueden acceder y qué deudas abarca

El plan está dirigido a un grupo definido de contribuyentes, que incluye a las siguientes categorías:

  • Micro y Pequeñas Empresas.
  • Medianas Empresas de los tramos 1 y 2.
  • Pequeños contribuyentes.
  • Determinadas entidades sin fines de lucro.

Las obligaciones alcanzadas comprenden deudas impositivas, aduaneras y de recursos de la seguridad social, junto con las multas aplicadas hasta el 31 de octubre de 2026. En cuanto a la financiación, las condiciones se mantienen respecto del esquema original: hasta 18 cuotas mensuales para obligaciones generales en el caso de las micro y pequeñas empresas y los pequeños contribuyentes, y un tope de 15 cuotas para las medianas empresas de los tramos 1 y 2.

Cuándo se habilita la carga en el sistema

Si bien la resolución ya se encuentra vigente, la incorporación de las nuevas deudas en el sistema « Mis Facilidades » estará habilitada a partir del 16 de noviembre de 2026, bajo la opción « Régimen Especial de Facilidades de Pago, Obligaciones vencidas al 31/10/2026 ». Hasta esa fecha, el sistema no permitirá cargar obligaciones con vencimiento posterior al 30 de junio de 2026. El trámite se realiza de forma online a través de ese servicio del organismo recaudador.

MS
Martín SáezVitivinicultura y economía

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