El hombro roto y la cooperativa que no encontró lugar: una condena que duele en el Alto Valle
Cuatro años después de lesionarse embalando fruta en una cooperativa neuquina, la Justicia confirmó que el operario tenía razón: no bastaba con decir que no había tareas livianas, había que demostrarlo. Crónica de un juicio que habla de manzanas, de hombros y de empresas que se hacen las distraídas.

A veces una historia empieza en el lugar menos pensado: en la cinta del galpón, con las peras todavía tibias del campo, mientras las cajas se arman una y otra vez bajo el mismo ritmo. Eso hizo durante más de una década un embalador de primera de una cooperativa del Alto Valle, el mismo que en agosto de 2021 sintió que algo se le cortaba en el hombro derecho y entendió, sin necesidad de nadie que se lo diga, que levantar peso ya no iba a ser lo mismo. Se llama, como tantos otros que pasan por estas notas, alguien a quien yo prefiero llamar por el nombre de pila que le dieron sus viejos: Walter.
Walter tenía once años dentro de la cooperativa cuando se accidentó. Lo atendió la ART, lo mandó a hacer kinesiología durante ocho largos meses y en abril de 2022 le dieron el alta con una restricción clara: nada de cargar cajas de fruta. El papel lo decía con todas las letras, firmado y sellado por el médico. Con ese documento bajo el brazo, Walter mandó un telegrama pidiendo volver y la cooperativa le contestó por carta documento: sí, la restricción, pero no tenemos puesto disponible. Walter volvió a escribir, esta vez detallando en qué lugares del galpón podía trabajar, y volvió a recibir la misma respuesta: no hay lugar.
Ahí se rompió algo que no tiene que ver con el hombro. Walter se consideró despedido en forma indirecta, que es la figura que tiene un trabajador cuando la empresa, en los hechos, le cierra la puerta sin echarlo formalmente. Y la historia terminó en el Juzgado Laboral N°3 de Neuquén, donde el juez Luis Trani escuchó a seis compañeros declarar, uno tras otro, lo que en el barrio se sabe desde siempre y que en la cooperativa, curiosamente, nadie recordaba.
Lo que contaban los compañeros en el juicio
- Que había tareas que no requerían levantar peso, como sellar etiquetas y fichar las cajas con engrudo en el sector conocido como el aéreo.
- Que cuando alguien se lastimaba, la propia empresa lo reubicaba en esas funciones, como una práctica habitual del galpón.
- Que al menos cuatro embaladores habían sido movidos a otros sectores en situaciones parecidas a la de Walter.
- Que los testimonios fueron "coherentes, ordenados y concordantes", según los dejó escritos el juez Trani.
Porque acá está la clave del fallo, y es la que más me interesa discutir como vecina de esta misma región: cuando una empresa alega que no tiene un puesto adecuado para un trabajador con restricciones médicas, la carga de la prueba la tiene ella, no el operario. Es la cooperativa la que tiene que demostrar que no había forma de reubicarlo, no Walter el que tiene que demostrar que sí la había. Y acá no lo hicieron. Dijeron que no había lugar y se quedaron ahí, como si con decirlo fuera suficiente.
La Cámara de Apelaciones confirmó lo que había dicho Trani: despido indirecto, indemnización y la condena a la cooperativa a pagar 676.751 pesos más intereses desde 2022. Un número que, comparado con lo que había pedido la parte trabajadora, suena chico: se reclamaban más de cuatro millones. Pero más allá del monto, lo que queda firme es el criterio, y eso es lo que me parece que vale la pena mirar de cerca, porque de estos juicios se aprende para los que vienen.
“No alcanza con decir que no había puesto. La cooperativa tenía que demostrarlo y no lo hizo.”Juez Luis Trani, Juzgado Laboral N°3 de Neuquén
Mientras tanto, en el barrio las preguntas se siguen amontonando como las cajas en temporada: cuántas Walter habrá dando vueltas por el Alto Valle con un papel de la ART en el bolsillo y un telegrama sin respuesta, cuántas cooperativas y empresas chicas creen que con mandar una carta documento ya está saldada la discusión, cuántos abogados laboralistas van a tener que seguir explicando lo mismo hasta que se entere de una vez. La condena existe y es firme, pero lo que sigue faltando, en estas latitudes donde la fruta se cosecha a fuerza de hombro y de espalda, es que se entienda de una vez que un alta con restricciones no es un problema del operario: es un problema de la empresa, que tiene que resolverlo y, sobre todo, demostrarlo.
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