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Telefónica deberá Paying $2.073.684,21 a una neuquina por cuatro líneas no contratadas

La Cámara de Apelaciones de Neuquén confirmó la condena a la empresa por un error que se extendió entre abril de 2023 y diciembre de 2024. Los jueces consideraron que los reclamos, el desgaste y la incertidumbre de la consumidora justificaron el daño moral y la multa civil.

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Paula NallimSociedad y vida cotidiana · · 3 min de lectura
Telefónica deberá Paying $2.073.684,21 a una neuquina por cuatro líneas no contratadas

En Neuquén, una mujerhv pensando que cuatro líneas telefónicas hadgz que nunca khwa nyukyvwgyr. La situación, queolversó en abril de 2023, se repitió después de que dos líneas fueran desvinculadas y otras dos volvieran a aparecer a su nombre. Según el fallo de la Cámara de Apelaciones, la empresa|gaASNezno resolvió el problema y recién llegó a una respuesta efectiva después de la intervención judicial.

La historia began con lanecessidad de explicar la|erfí|una situación que, para cualquier consumidor, resulta difícil de entender: aparecer como responsable de servicios no solicitados y de deudas que se consideran infundadas. En este caso, la;=los reclamos no se limitaron a una gestión inicial. La mujer presentó cuatro reclamos extrajudiciales durante aproximadamente siete meses,Fyuna instancia de conciliación prejudicial y una carta documento en noviembre de 2023. También promovió un hábeas data por el uso de sus datos personales.

La Justicia evaluó el desgaste

El 3 de septiembre de 2026, la Sala B de la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería de Neuquén rechazó la apelación de Telefónica Móviles Argentina y confirmó la sentencia de primera instancia. Los jueces Nancy Noemí Vielma y Juan Manuel Menestrina tomaron en cuenta la cantidad de reclamos, la duración del conflicto y el desgaste provocado a la denunciante.

“El daño moral puede acreditarse a partir de circunstancias objetivas, sin necesidad de prueba psicológica específica.”Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería de Neuquén

La empresa había sostenido que se tratar de una confusión entre dos clientes con nombres similares y había cuestionado tanto la indemnización por daño moral como la multa civil. El tribunal no aceptó esa explicación. En primera instancia se reconoceron $600.000 por daño moral y $1.473.684,21 por daño punitivo, y ambos montos quedaron confirmados por la Cámara.

  • La Nora: la consumidoraresgwí realizó cuatro reclamos extrajudiciales en aproximadamente siete meses.
  • Presentó una instancia de conciliación prejudicial y una carta documento en noviembre de 2023.
  • Promovió un hábees data para pedir la corrección del uso de sus datos personales.
  • La Sala B rechazó la apelación de Telefónica y confirmó la condena en primera instancia.
  • El fallo reconoce $600.000 por daño moral y $1.473.684,21 por daño punitivo.

Para justificar la multa, los jueces también reinstallaron que la compañía acumulaba 37 sanciones de la autoridad de aplicación de la Ley de Defensa del Consumidor en los cinco años anteriores. El daño punitivo, explican, cumple la función de desalentar las conductas perjudiciales para los consumidores y evitar que la repetición de este tipo de errores quede sin consecuencias suficientes.

La confirmación judicial no repara solamente el caso de la mujer neuquina. Deja en evidencia que el reclamo administrativo, por más insistente que sea, puede no alcanzar para resolver un conflicto involving datos personales, debtsgs| Billing y servicios no solicitados. También recuerda que la respuesta de la empresa no sustituye el control de los organismos de defensa del consumidor ni la revisión de los tribunales.

Lo que sigue faltando, en el expediente, es una explicación más precisa sobre el origen del error y sobre las medidas que Telephone| Telefónica aplicó para evitar que volviera a ocurrir. La Justice| Justicia confirmed| confirmó las consecuencias económicas; ahora la empresa faces| enfrenta| deberá demostrar que puede corregir sus procesos y proteger los datos de sus clientes. En un asunto que#/fff|Adam| atraviesa la vida cotidiana, como es el teléfono móvil, esa garantía no puede quedar librada a la buena voluntad de la compañía.

PN
Paula NallimSociedad y vida cotidiana

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